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Alquiler

¿Me pueden echar de mi piso de alquiler? Todo lo que necesitas saber

August 13, 2021
por
Tuio

¿Me pueden echar del piso de alquiler? Si te estás haciendo esta pregunta es posible que estés en una situación económica delicada o que puede llegar a ser preocupante. Hasta ahora has cumplido con todas tus obligaciones como inquilino y estás muy a gusto en tu hogar. Pero, si tus recursos económicos han descendido por el motivo que sea, puede que tengas dificultades para hacer frente al pago de la renta.

Lo primero que te aconsejamos en un momento como este es que no te dejes vencer por el desaliento. Nadie está a salvo de pasar por una mala situación económica. La clave para que este proceso no se convierta en una mala experiencia es que des la cara desde el primer momento e intentes llegar a un acuerdo con tu arrendador.

Pero también puede ocurrir que, aunque seas un buen pagador, el propietario haya decidido que ya no le interesa tenerte como arrendatario. Ya sea porque tiene intención de vender el piso o porque necesita la vivienda para sí mismo o para alguien de su familia.

Que no cunda el pánico. Ten en cuenta que disfrutas de los derechos del inquilino. Esto quiere decir que no se te puede echar de la vivienda tan fácilmente. Veamos qué situaciones se pueden dar en caso de que ya no puedas hacer frente al pago del alquiler o si tu arrendador te quiere echar por otros motivos.

Los requisitos que debes cumplir para que no te puedan echar

¿Te suena el término gentrificación? Es un fenómeno que se está dando mucho en las grandes ciudades. Un barrio popular se pone de moda y las viviendas empiezan a ser compradas por grandes propietarios, con el objetivo de reformarlas y pedir por ellas un alquiler mucho más alto del que están pagando los arrendatarios actuales.

Si tienes la mala suerte de que tu casero haya decidido vender su casa a un gran tenedor y el nuevo propietario quiere reformar la casa y sacarla de nuevo al mercado de alquiler, tienes un problema. Igual que si la ha vendido a alguien que la quiere para ocuparla inmediatamente.

Para conseguir quedarte en la vivienda y que se respete tu contrato vas a tener que demostrar que eres el mejor inquilino posible. Cumple a rajatabla con todas tus obligaciones: paga siempre a tiempo la renta, asegúrate de que te ajustas en todos tus actos a lo dispuesto en el contrato de alquiler y no des ningún problema en la comunidad de vecinos. Es decir, no le des excusas al nuevo propietario para que lo tenga más fácil si quiere echarte.

Desafortunadamente, esto por sí solo no es suficiente. Necesitas un marco jurídico que te ampare para poder permanecer en tu hogar. Es decir, que debes haber firmado un contrato con el anterior propietario y que este esté inscrito en el Registro de la Propiedad.

La importancia de que el alquiler esté inscrito en el Registro de la Propiedad

La Ley de Arrendamientos Urbanos del año 1994 hace referencia a la posibilidad de inscribir los contratos de alquiler de vivienda en el Registro de la Propiedad. Pero es eso, una posibilidad.

En la práctica son muy pocos los contratos que se inscriben, aunque esto va en perjuicio tanto del arrendador como del arrendatario.

Si tu casero ha vendido el piso y el nuevo propietario te quiere echar, lo vas a tener mucho más fácil para no tener que mudarte si en su momento el contrato se inscribió en el Registro.

Ventajas de la inscripción registral para el arrendador

La más importante es que la inscripción da fe pública de que existe un contrato de arrendamiento sobre una vivienda y de quienes son los inquilinos. Si estos dejan de pagar la renta, el propietario lo tiene mucho más fácil a la hora de probar que existía un alquiler, lo que agiliza el proceso de recuperación de la vivienda.

Ventajas para el arrendatario

  • Concede un derecho preferente de adquisición de la vivienda en caso de que el propietario decida venderla. Esto quiere decir que tu casero debe ofrecértela a ti antes que a nadie.
  • Protege frente a los cambios de propietario. Si el alquiler está inscrito en el Registro de la Propiedad, el nuevo titular del inmueble está obligado a respetar el contrato durante un plazo de cinco años y manteniendo vigentes las condiciones firmadas en su momento por el inquilino y el anterior propietario.

En definitiva, si tu casero ha vendido el piso, pero eres un inquilino que cumple con sus obligaciones y además tu contrato está inscrito en el Registro de la Propiedad, el nuevo titular del inmueble no puede echarte ni subirte el alquiler.

El caso especial de la enervación del desahucio si tienes rentas pendientes de pago

No puedo pagar el alquiler, ¿qué hago ahora? Un contrato de alquiler implica obligaciones tanto para tu casero como para ti. En tu caso, está claro que el pago es el compromiso más importante que adquieres cuando decides alquilar una vivienda.

Si en un momento determinado no puedes pagar, lo mejor es que trates el asunto directamente con el casero e intentéis llegar a un acuerdo si quieres seguir en la vivienda. En caso de que no sea posible el acuerdo y el arrendador decida demandar para que le pagues lo que le debes, todavía tienes una oportunidad de evitar el desahucio.

Si nunca has utilizado antes la figura de la enervación con tu propietario, puedes evitar que tus deudas acaben dando lugar a la extinción del contrato de alquiler. Para enervar el desahucio lo que tienes que hacer es pagar las cantidades debidas en un plazo máximo de 10 días después de haber recibido la citación judicial.

Consignando en la cuenta del juzgado el dinero adeudado consigues que el procedimiento se dé por terminado y que no te puedan echar. Eso sí, ten en cuenta que esto solo es posible una vez.

Si en un futuro vuelves a tener problemas de pago y tu arrendador te demanda, ya no podrás evitar el desahucio pagando lo debido.

Casos en los que tu casero puede echarte del piso

Impago

Salvo que sea posible la enervación en los términos que acabamos de ver, si no pagas la renta pactada, o es habitual que te retrases al hacerlo, el propietario de la vivienda puede acudir al juzgado para instar la resolución del contrato y tu desahucio de la casa.

Finalización del contrato

Llegado el plazo de vencimiento previsto en el contrato no te va a quedar más remedio que dejar la casa. Eso sí, el propietario debe haberte avisado con una antelación mínima de 30 días de que no quiere renovar el contrato. Si no lo hace, el acuerdo se prorroga automáticamente, lo que te habilita para permanecer en tu casa.

Necesidad de la vivienda por parte del propietario

Si ha pasado un año desde el comienzo del contrato y el propietario necesita la vivienda para sí, para un familiar suyo de primer grado por consanguinidad o adopción, o para su cónyuge en casos de nulidad matrimonial, separación o divorcio, puede dar por concluido el contrato.

Es requisito indispensable que quien necesite la vivienda la ocupe en un plazo máximo de tres meses desde tu partida.

Incumplir las cláusulas del contrato

Del contrato de arrendamiento se derivan obligaciones tanto para el arrendador como para el arrendatario. Si incumples aquello a lo que te has obligado, el propietario puede rescindir el alquiler.

Por ejemplo, si por contrato no puedes tener animales domésticos y descubre que tienes un perro en casa. O si te ha prohibido expresamente actividades como alquilar habitaciones en la casa y se da cuenta de que lo estás haciéndolo.

¿Qué ocurre si no tengo contrato?

La Ley de Arrendamientos Urbanos no exige que el contrato de alquiler se haga por escrito, puede darse en virtud de un acuerdo verbal. Aunque ya hemos visto que para ti es mucho más seguro que el contrato conste por escrito y además esté inscrito en el Registro de la Propiedad.

Aunque no haya un documento firmado sigues teniendo los mismos derechos y obligaciones de cualquier inquilino. Pero si surgen problemas y el propietario te quiere echar de la casa lo vas a tener un poco más complicado para demostrar que estás en una situación totalmente legal. Por eso, es importante que tengas pruebas que, en un momento dado, puedan acreditar desde cuando vives en ese inmueble. Puedes, por ejemplo, guardar los recibos que acrediten el pago de la renta.

Si cada vez más personas escogen vivir de alquiler es porque la relación jurídica que surge entre inquilino y casero está bien regulada. La ley da una buena protección a ambas partes en caso de que lleguen a surgir problemas.

Pero siempre es interesante que protejas tus derechos lo máximo posible. A la hora de negociar exige a tu arrendador que el contrato se redacte por escrito y que se inscriba en el Registro de la Propiedad.

Ya has visto que frente a la pregunta “¿me pueden echar del piso de alquiler?” La respuesta varía en función de la causa que dé lugar a la intención del propietario de rescindir el contrato. Con nuestros seguros de hogar tienes asistencia jurídica y podrás recurrir a ella en caso de surgir problemas. Además, así puedes proteger todas tus cosas aunque vivas de alquiler.

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