Riesgos cubiertos

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Los riesgos cubiertos son los daños o pérdidas que figuran en tu póliza: si alguno de ellos estropea algo de tu propiedad (es decir, tus bienes personales), tu cobertura entrará en vigor.

¿Qué son exactamente los riesgos cubiertos?

Si nos alejamos un poco, el seguro sirve para protegerte a ti y a tus cosas de sucesos repentinos e inesperados. ¿Pero qué se define como repentino e inesperado?

Ahí es donde entran en juego los riesgos cubiertos.

Los riesgos cubiertos son un montón de cosas malas, enumeradas en tu póliza, que pueden ocurrirle a tus bienes personales. Se aplican a las pérdidas o daños directos y físicos, de modo que, por ejemplo, si se produce un incendio (un riesgo mencionado) que estropea tu sofá, tu televisor y tu ordenador, puedes presentar una reclamación y tu aseguradora te ayudará económicamente.

Encontrarás los riesgos indicados en tu contrato de póliza de seguro.

A continuación los desglosaremos.

Los riesgos cubiertos habituales

Estos son los riesgos habitualmente cubiertos en las pólizas de hogar. Si tu póliza las cubre y le ocurren a cualquier cosa que sea de tu propiedad (tus bienes personales), podrás presentar una reclamación y recibir una indemnización de tu aseguradora, menos tu franquicia, si se aprueba.

Ten en cuenta que algunas de estas coberturas también pueden aplicar a tus cosas fuera de casa, dependiendo de cómo sea tu póliza..

Fuego, Explosión y Humo

Actos vandálicos

Fenómenos atmosféricos

Daños por agua

Rotura de Lunas, Espejos y Cristales

Rotura de Mármoles, Granitos, Piedra y Loza

Robo

Desalojamiento Forzoso e Inhabilitación

Desescombro

Cerraduras

Daños Estéticos

Responsabilidad Civil, Defensa y Fianzas

Reclamación de Daños

Vitrocerámica

Asistencia

Daños en Jardín

Todo riesgo accidental

Desocupación

Pérdida de alquileres

Daños Eléctricos

Preguntas y respuestas sobre riesgos comunes

P: Te han robado la bici... ¿está cubierta?

R: Tus bienes personales están cubiertos en casa, y, según el detalle de tu póliza, en cualquier otro lugar. Siempre que esté cerrada con llave o adecuadamente encadenada, deberías poder reclamar y recuperar el dinero.

Si no estaba cerrada con llave o encadenada, se consideraría negligencia y lo más probable es que tu aseguradora no te cubra en este caso.


P: Tu vecino del piso de arriba se dejó el grifo abierto y se inundó tu piso... ¿están cubiertas tus cosas? 

R: La mayoría de los daños causados por el agua en tu casa deberían estar cubiertos por tu póliza básica de hogar o de alquiler.


P: Tienes un grave problema de moho en tu casa... ¿estás cubierto?

R: No. Esto no entra en la definición de "repentino o accidental". ¿Y esa cosa asquerosa que crece en tu ducha, o debajo de tu lavabo? Deberías solucionarlo cuanto antes porque no está cubierto por tu póliza.

¿Qué no está cubierto?

Hay algunas situaciones que habitualmente no están cubiertas. En primer lugar, no cubre cosas que podrían haberse evitado.

Por ejemplo: Digamos que tienes el mismo microondas desde hace 15 años. Ya no calienta nada, pero sigue encendiéndose. Suelta chispazos y huele un poco a quemado, pero como andas ajustado de dinero no lo reemplazas. Si ese microondas hiciera un cortocircuito y provocara un incendio que destruyera tus cosas, tu seguro no cubriría necesariamente las pérdidas.

¿Por qué?

Esto entraría en la categoría de situaciones que podrían haberse evitado con un mantenimiento y cuidado adecuados. Ahora bien, si se tratara de un microondas nuevo y ocurriera lo mismo, estarías cubierto, ya que definitivamente encajaría en los parámetros de "repentino y accidental".

En otro orden de cosas, habrá algunas coberturas de riesgos extremos que tu aseguradora no cubrirá directamente, pero que te cubrirá el Consorcio de Compensación de Seguros, al que tendrás derecho por tener tu póliza de hogar.

¿Moral de la historia?

Asegúrate de comprobar las exclusiones de tu póliza y, si es necesario, obtén una cobertura adicional para proteger tus cosas contra los peligros que te preocupen.