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Los seguros de hogar son instrumentos que nos protegen contra diferentes daños materiales y físicos en el contexto del lugar en el que vivimos. En el caso de poseer mascotas, es muy importante conocer los términos y condiciones de nuestra póliza y cerciorarnos de que el seguro de hogar cubre daños por mascotas.
Las familias solemos considerar a nuestras mascotas como miembros de la familia, especialmente cuando tenemos niños pequeños. En este sentido, es importante saber que las mascotas pueden ocasionar ciertos problemas en el contexto del hogar. Cuando se trata de accidentes y daños materiales provocados a terceros, se trata de nuestra responsabilidad.
En caso de no ser propietario de la vivienda, dicha responsabilidad es mayor y es probable que nos soliciten la contratación de un seguro de hogar que disponga de una cobertura por eventuales daños a la propiedad o a su mobiliario. Por lo general esta cobertura no viene incluida en las pólizas básicas, por lo que debe contratarse por separado.
Solicitar esta cobertura no supone un costo extra. Sin embargo, el animal en cuestión debe estar efectivamente inscripto en el documento como tal. En caso contrario, la contratación de la cobertura solo se responsabiliza civilmente por los daños que este pueda ocasionar y no por el animal en sí. Por otro lado, si nos interesa además cubrir los gastos médicos del cuidado de nuestra mascota, debemos contratar un seguro de mascotas.
Las coberturas de mascotas y sus condiciones dependen del prestador contratado y de la póliza en cuestión, sin embargo, podemos hablar en términos generales de tres excepciones en las coberturas de los seguros de hogar en lo que respecta a animales.
Se encuentran exentos:
Cubre la indemnización de los daños ocasionados a muebles, electrodomésticos, ornamentos, cerramientos, y a personas que se encuentren en contacto directo con el animal —salvo, claro, que los daños se produzcan de manera adrede o por la falta de responsabilidad del dueño—.
El seguro cubre responsabilidad civil y defensa jurídica.
Cuando hablamos de cobertura por responsabilidad civil nos referimos a aquellos daños materiales ocasionados en la vivienda alquilada o a viviendas de vecinos, pero también las lesiones a terceros. Incluye a perros y gatos que no sean consideradas peligrosos.
La responsabilidad civil tiene en cuenta estos daños, siempre y cuando estos se produzcan en el contexto de normas básicas de seguridad y condiciones normales. Por ende, si un animal de nuestra propiedad comete algún daño en circunstancias de irresponsabilidad evidente por nuestra parte, la cobertura no será efectiva.
En el caso de perros considerados peligrosos, debemos contratar obligatoriamente un seguro que cubra la responsabilidad civil por daños a la propiedad o a la salud de terceros. Son varias las razas consideradas peligrosas y que, por lo tanto, no se encuentran incluidas en la póliza de mascotas:
Por otro lado, la legislación vigente nos exige la tramitación de una licencia administrativa que se solicita en el municipio de residencia y que requiere el registro del animal peligroso en el ayuntamiento.
En caso de no ser propietarios de la vivienda en la que habitamos, probablemente se nos solicite una cobertura de este tipo a ser incluida en el contrato de alquiler. En estos casos siempre es el propietario quien tiene la última palabra, por lo que puede haber excepciones. En caso de que no se encuentre expresamente declarado en el contrato, lo mejor es consultar para no tener inconvenientes en el futuro.
Pueden darse las siguientes situaciones:
Antes de elegir una cobertura para nuestra mascota, debemos saber si el seguro de hogar cubre daños por mascotas. Si este no cuenta con cobertura, seguramente debamos pedirla por separado —especialmente si estamos alquilando—. Sin embargo, esta suele ser gratuita en su formato básico y cubre la responsabilidad civil en caso de tratarse de animales domésticos que no sean considerados peligrosos.