Heading

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Suspendisse varius enim in eros elementum tristique. Duis cursus, mi quis viverra ornare, eros dolor interdum nulla, ut commodo diam libero vitae erat. Aenean faucibus nibh et justo cursus id rutrum lorem imperdiet. Nunc ut sem vitae risus tristique posuere.

CALCULA TU PRECIO
Consejos y trucos

Quien notifica al banco ante un fallecimiento

April 29, 2022
por
Tuio

Un fallecimiento es una situación extremadamente compleja para el círculo cercano de la persona. En este tipo de situaciones, pese a lo doloroso de la situación, existen numerosos trámites y procedimientos a realizar con distintas entidades, con el fin de comunicar el deceso a las mismas.

Una de las más importantes consiste en notificar el fallecimiento al banco, para que este conozca lo acontecido y se pueda gestionar el capital y las cuentas del fallecido con eficacia. Hoy vamos a tratar este tema con profundidad, para que comprendas el proceso y conozcas sus particularidades. No dudes en consultar nuestros seguros de hogar, te garantizamos las mejores condiciones disponibles en el mercado.

¿Quién debe notificar al banco?

En primer lugar, debemos saber que cualquier familiar puede comunicar a la entidad bancaria el fallecimiento de su cliente. Sin embargo, para obtener información sobre la situación y las cuentas bancarias del fallecido, solo podrán hacerlo los herederos, que tendrán que presentar la siguiente información para validar su condición:

  1. Copia autorizada del testamento.
  2. Certificado de últimas voluntades.
  3. Certificado de defunción.
  4. Declaración de herederos, en caso de que se haya hecho.

Con esta documentación, el banco comprobará su veracidad y entregará la información solicitada a los herederos. El acceso a una cuenta de un fallecido puede ser un trámite bastante complicado, por lo que contratar un seguro puede ser la mejor opción para agilizarlo.

Algunos bancos permiten la disposición de parte de los fondos para cubrir los gastos del fallecimiento, pero esto solo ocurre si todos los herederos llegan a un acuerdo formal y se lo transmiten a la entidad. En caso de que no exista total confianza sobre la actuación y la información proporcionada por el banco, la Agencia Tributaria puede aportar información valiosa a los herederos.

¿Qué pasa con la cuenta del fallecido y su dinero?

Una de las grandes preguntas que se hace la gente en estas situaciones es por qué está la cuenta bloqueada por fallecimiento de un titular. La respuesta a la misma es simple: los bancos tienen que custodiar el dinero hasta que sea reclamado, y el fisco ordena el bloqueo de la cuenta para que no se pueda retirar ninguna cuantía hasta que se libere de impuestos y obligaciones de pago.

Para reclamar este capital, los herederos deben presentar la documentación pertinente en la entidad bancaria, que no permitirá ningún movimiento hasta comprobar todo con precisión, evitando conflictos de intereses. Una vez ocurra esto y se pague el impuesto de sucesiones, la cuenta se desbloqueará y se podrá retirar el dinero.

Si la cuenta bancaria tiene 2 titulares

Otro de los grandes inconvenientes relacionados con este tema viene dado cuando el fallecido compartía una cuenta bancaria con 2 titulares. Es en estas situaciones donde suelen ocurrir los conflictos de intereses con los herederos, puesto que ellos juegan un gran papel a la hora de desbloquear ese capital.

En una cuenta conjunta, el fallecimiento de uno de los cotitulares hace que el resto de ellos no pueda disponer del capital sin la autorización de los herederos de la persona fallecida. Esto puede causar muchos problemas que, de no llegar a un acuerdo, pueden terminar en un tribunal dada la delicadeza de la situación.

Veamos qué ocurre en el resto de casos:

  1. Si la titularidad de la cuenta es indistinta, la otra persona puede disponer del capital de la cuenta sin ningún tipo de problemas.
  2. En caso de que el único titular sea el fallecido, tendremos que acudir al proceso que explicamos anteriormente, donde es imprescindible garantizar la condición de los herederos y pagar el impuesto de sucesiones para liberar la cuenta.

Habiendo visto todos los casos posibles, podemos comprender la importancia que tienen los familiares herederos del fallecido a la hora de desbloquear su capital tras la muerte.

Preguntas más frecuentes

Cuando una persona fallece, ¿hay que comunicarlo al banco?

Es recomendable notificar el fallecimiento al banco a la mayor brevedad posible, con el fin de evitar posibles recargos y facturas por parte de la entidad, de las cuales estos se tendrían que hacer cargo.

Una vez se realiza el bloqueo de las cuentas, no tendrán que preocuparse por pagar las comisiones de operaciones que el titular ordenó en vida, por lo que es importante realizar la comunicación cuanto antes para evitarlo. Algunas entidades como BBVA ofrecen información detallada a sus clientes sobre el proceso a seguir para gestionar el fallecimiento de un familiar.

¿Quién bloquea las cuentas de un fallecido?

Las cuentas se bloquean como medida de custodia por parte de la entidad bancaria, con el fin de que un familiar, amigo o pareja sentimental del fallecido extraiga el capital de forma irregular. Hablamos de una herencia, por lo que la situación tiene que regularizarse con el fin de permitir la retirada del dinero.

Solo el dueño o el heredero acreditado de la cuenta podrá efectuar la retirada del capital. En estos casos, los autorizados dejarán de estarlos, puesto que esta condición se extingue totalmente tras el fallecimiento del titular.

¿Qué hace el banco cuando una persona fallece?

Además de la custodia del capital, la entidad bancaria tiene la responsabilidad de acreditar la veracidad de la condición de los herederos, con el fin de otorgarles los derechos sobre la cuenta del fallecido. Cuando este trámite finalice, podrán cambiar la titularidad de la cuenta previo acuerdo, o bien cancelarla a petición de los herederos.

¿Qué hay que pedir al banco cuando fallece un familiar?

Los herederos tienen que solicitar un certificado que contenga el saldo de la cuenta a fecha del fallecimiento. Además, también pueden solicitar los movimientos anteriores y posteriores a la muerte del titular para comprobar el estado de la cuenta.

En Tuio cuidamos de todos

Propietarios

Personaliza y contrata tu seguro de hogar en segundos.

VER MI PRECIO

Desde 5€/mes.

Inquilinos

¿Sabes que el seguro de tu casero no cubre tus cosas?

VER MI PRECIO

Desde 5€/mes.

Vida

Digital, fácil y a un precio justo. No le des más vueltas

¡AVÍSAME!

Desde 3€/mes.

Sigue leyendo: