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Rebajas en el IBI para las viviendas más eficientes

February 7, 2022
por
Tuio

¿Sabías que la calificación energética de tu hogar puede ayudarte a pagar menos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles? Te lo contamos

Si eres propietario de una vivienda ya sabrás que uno de los principales gastos fijos anuales es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

Sin embargo, tenemos buenas noticias, existen formas de conseguir rebajas en el IBI para las viviendas más eficientes.

¿Qué reducción conseguirás en el IBI?

La Ley de Presupuestos del Estado incluye un importante cambio fiscal que afecta a la vivienda y que permitirá a los ayuntamientos establecer descuentos de hasta el 20 % en el IBI a las viviendas energéticamente más eficientes.

La idea es incentivar a las personas que tienen viviendas más eficientes pagando menos impuesto. Por el lado contrario no penaliza a las viviendas menos eficientes, que seguirán pagando lo mismo.

Los porcentajes reducción del impuesto propuestos son:

  • Calificación A 20 %
  • Calificación B 16 %
  • Calificación C 12 %
  • Calificación D 8 %
  • Calificación E 4 %
  • Calificación F / G / sin certificación Sin bonificación

Estos porcentajes son los máximos que se establecen a nivel nacional, pero, al ser un impuesto local, cada ayuntamiento puede decidir dentro de un rango los porcentajes de bonificación que aplican a los ciudadanos de su localidad.

Con esto se consigue que en todos los Ayuntamientos haya descuentos homogéneos, ya que actualmente solo algunos aplican bonificaciones y con ello existe una diferencia en cuanto a beneficios dependiendo del lugar donde vivan los ciudadanos.

Los edificios con una calificación de F o G o sin calificación energética no podrán aplicar ninguna bonificación.

Cómo conseguir el certificado energético

El principal requisito para poder aplicar la rebaja del Imputado sobre Bienes Inmuebles (IBI) es obtener un certificado energético de la vivienda, que acredite la eficiencia energética del edificio. Este cerca lo expedirá un técnico homologado una vez finalizado el examen de emisiones de CO2 con respecto a las medidas del edificio.

Este certificado que acredita la eficiencia energética es obligatorio ya para todas las viviendas de nueva construcción y también para aquellas que se pongan a la venta o para arrendamiento.

Si no se cumple con esta obligación, la multa que tendrá que pagar el propietario de la vivienda oscilará entre los 300 y los 6000 euros.

Como en toda normativa, existen excepciones. El certificado energético no es obligatorio para los siguientes edificios:

  • Pisos que se alquilen por un periodo inferior a 4 meses.
  • Edificios aislados menores a 50 metros cuadrados útiles.
  • Edificios y monumentos protegidos.
  • Edificios destinados a ser lugares de culto o religiosos.
  • Construcciones provisionales menores a los 2 años.
  • Parte no residencial de edificios industriales y agrícolas.

Si el edificio no se encuentra entre una de estas excepciones, será obligatorio obtener el certificado energético. Con ello, además de evitar la multa correspondiente, se tiene la posibilidad de aplicar una reducción en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

¿Está ya aprobada esta medida?

Esta bonificación se puede aplicar desde el pasado 1 de enero. Sin embargo, dependerá del lugar donde se encuentre el edificio.

Como hemos dicho anteriormente, el IBI depende de los Ayuntamientos, por lo que dependerá de cada uno cuándo y cómo trasladar estas bonificaciones a la aplicación en el impuesto de los ciudadanos de su localidad mediante las correspondientes ordenanzas.

Como hemos visto, la Ley de Presupuestos del Estado prevé la posibilidad de aplicar una bonificación en el IBI para las viviendas más eficientes. Para ello, existe un porcentaje de aplicación en función de la calificación energética. Esta calificación se obtendrá mediante un certificado energético que emitirá un técnico tras el análisis de emisiones de CO2.

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