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¿Puedo quitar el seguro de hogar de la hipoteca? Te lo contamos

October 1, 2021
por
Tuio

Aprovechando las necesidades hipotecarias de sus clientes, algunas entidades bancarias fuerzan a estos a contratar el seguro de hogar con el mismo banco, utilizando su posición de fuerza y mediante tácticas coercitivas no demasiado éticas.

Lo peor del caso es que estas pólizas de hogar forzadas suelen salir bastante más caras que las del mercado libre, además de disponer de menos coberturas para el cliente.

No solo eso, sino que algunas de ellas tienen como beneficiario al banco en caso de incendio o destrucción total del inmueble, de tal suerte que si se diera el caso, el infortunado propietario no cobraría indemnización alguna por parte de su seguro.

Muchos propietarios, agobiados, se hacen la siguiente pregunta: ¿puedo quitar el seguro de hogar de la hipoteca?

Analicemos a fondo este asunto de los seguros de hogar en inmuebles hipotecados y veamos cómo podemos cambiar nuestros seguros de hogar a compañías aseguradoras no impuestas por los bancos.

¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar si solicito una hipoteca?

La Ley 2/1981 de Regulación del Mercado Hipotecario establece textualmente que “los bienes hipotecados habrán de estar asegurados contra daños por el valor de tasación”.

Por lo tanto, la respuesta correcta es que es obligatorio contratar un seguro de hogar si tu vivienda está hipotecada.

La única finalidad del seguro de hogar obligatorio es que la entidad que concede el préstamo quede cubierta ante un siniestro susceptible de provocar la destrucción total o parcial del inmueble que constituye la garantía del préstamo hipotecario.

¿Qué características debe tener este seguro?

De la propia ley se infiere que solo es obligatorio asegurar posibles daños al inmueble hasta un valor equivalente al del valor de tasación. Y siendo rigurosos, ni siquiera eso: bastaría con asegurar el valor de vuelo (de reconstrucción), ya que el valor del suelo no desaparece como consecuencia de un siniestro.

Además es obligatorio incluir en la póliza del seguro de hogar una cláusula de cesión de derechos a favor de la entidad bancaria.

Es decir, nos encontramos ante un seguro obligatorio cuya única finalidad es proteger los intereses del banco, y no los del propietario del inmueble hipotecado.

Irregularidades que cometen algunas entidades bancarias en los seguros de hogares sujetos a hipoteca

Aprovechando su posición de poder, algunos bancos y cajas gestionan estos seguros de manera arbitraria, mediante las siguientes prácticas:

  • Nombrar al banco beneficiario directo de las coberturas obligatorias por ley
  • No incluir en la cláusula de cesión de derechos el descuento anual correspondiente al capital ya amortizado
  • Imponer al cliente una determinada compañía de seguros
  • Las pólizas impuestas pueden tener tarifas muy superiores a las de mercado
  • Condicionar el tipo de interés hipotecario a que el seguro de hogar (o incluso otros seguros) están vinculados a la entidad bancaria

Como vemos, todas estas prácticas tienen como objetivo blindar al banco contra pérdidas motivadas por siniestros graves y mejorar la cuenta de resultados del mismo mediante la contratación obligada de productos aseguradores.

A cambio, el propietario de la vivienda queda sin capacidad de maniobra y expuesto a ciertos riesgos.

El seguro de hogar de tu hipoteca puede no cubrirte ante otros riesgos comunes

Si no has intervenido en la contratación de la póliza de tu seguro de hogar y te has limitado a aceptar la propuesta de la entidad bancaria, te recomendamos que solicites copia de tu póliza y revises los siguientes puntos:

  • Valor del continente asegurado
  • Valor del contenido (debe ser suficiente para cubrir todos tus enseres a valor de nuevo)
  • Coberturas adicionales: daños por agua, daños atmosféricos, robo, asistencia urgente, cambio de cerraduras, etc.
  • Comprobación del beneficiario en caso de daños graves a la edificación
  • Si hay cláusula de cesión de derechos indemnizatorios, verificación de que está prevista la deducción anual de capital amortizado

¿Tengo que contratar el seguro de hogar con el banco que me ha concedido la hipoteca?

Rotundamente no. No tienes ninguna obligación de hacerlo. Una cosa es que la ley te obligue a contratar un seguro de hogar para tu vivienda hipotecada y otra muy distinta es que tengas que contratarla con el banco que te ha concedido el préstamo.

Y si ha sido así, legalmente tienes todo el derecho a cambiar tu seguro de hogar a cualquier compañía aseguradora que te ofrezca mejores precios o coberturas.

Pasos para desvincular el seguro de hogar de la hipoteca

Lo único que tienes que hacer es esperar a que se produzca el vencimiento anual de la póliza que tienes contratada con el banco.

Mediante notificación formal realizada con dos meses de antelación al vencimiento de la póliza, indica a la entidad bancaria tu decisión firme de no renovar el contrato del seguro de hogar a su vencimiento.

Además deberás presentar al banco copia de la nueva póliza, en la que ha de figurar la cesión de derechos correspondiente al capital que aún está sujeto a hipoteca. En la nueva compañía te indicarán cómo hacerlo correctamente. Si ya has contratado tu póliza con nosotros, puedes generar tu carta de cesión de derechos directamente desde la app en 1 minuto.

Como reacción, tu banco probablemente intentará convencerte de que no puedes hacerlo o incluso te realice una propuesta de seguro de hogar mucho más razonable que la que tenías.

En cualquier caso, nuestra recomendación es que te niegues en redondo y no des marcha atrás en ningún caso.

Al banco le interesa tenerte atado y bien atado porque así eres mucho más vulnerable y tienes menos poder de negociación en todos los ámbitos.

Una precaución a tomar antes de cambiar a una compañía aseguradora ajena a la entidad bancaria

Un asunto espinoso a la hora cambiar a otra compañía es, precisamente, la vinculación del tipo de interés de la hipoteca a que el seguro esté contratado con el banco.

Es práctica habitual que en la hipoteca figure una cláusula en la que está prevista esa circunstancia, con la consecuencia de que automáticamente se aplicará una subida del tipo de interés. En ese caso habremos de ser cuidadosos para no salir perjudicados económicamente.

Normalmente se produce un leve perjuicio económico para el propietario en los primeros años de hipoteca, cuando la parte de cuota correspondiente a intereses es muy alta y la de amortización de capital es muy baja.

Con el paso de los años, el impacto del tipo de interés se convierte en mínimo, con lo que esa cláusula coercitiva no supone ya ningún impedimento para cambiar nuestro seguro de hogar a otra compañía.

Utilizando una calculadora hipotecaria conoceremos cuál es la fecha exacta en la que podemos cambiar de aseguradora sin que nos cueste ni un solo céntimo. Y en los años finales no nos haremos ricos con el ahorro obtenido, pero este nos permitirá, sin duda, costearnos algunos caprichos.

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